Subvenciones destinadas a la reconversión del sector industrial, de la artesanía y al fomento de la economía circular en la isla de Tenerife 2023
Se financiarán las inversiones para los siguiente objetivos:
1) Mejora de los procesos productivos y de distribución.
2) Proceso de digitalización empresarial.
3) Actuaciones en materia de sostenibilidad y transición a una economía circular, más eficiente en el uso de los recursos, con bajas emisiones y resiliente al clima.
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Modelo normalizado de solicitud.
- Alta o modificación de los datos bancarios a terceros con el ECIT
- Declaración IRPF (Modelo 100 o130) presentada ante la AEAT en el año 2023, correspondiente al ejercicio 2022 (solo en el caso de empresario individual).
- Modelo 184 presentado ante la AEAT en el año 2022, correspondiente al ejercicio 2021 (en el caso de comunidades de bienes, sociedades civiles y otras entidades sin personalidad jurídica propia).
- Modelo 200 presentado ante la AEAT en el año 2022, correspondiente al ejercicio 2021 (solo en el caso de Sociedades Anónimas, Limitadas y Civiles que tributen por el impuesto de Sociedades).
- Modelo 036, modelo 037 o equivalente CIRCE (si ha iniciado actividad en el mismo año de la convocatoria).
- Certificado de situación en el Censo de Actividades Económicas de la AEAT (IAE)
- DNI/NIE en el caso de persona física.
- DNI/NIE del representante.Sólo en el caso de no haber autorizado a su intermediación.
- Acreditación de la representación (por cualquiera de los medios indicados en el Art. 5 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
- Certificado de residencia (solo en el caso de personas físicas y no haber autorizado a su intermediación).
- Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT (solo en el caso de personas físicas y no haber autorizado a su intermediación).
- Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Canaria (ATC) (solo en el caso de personas físicas y no haber autorizado a su intermediación).
- Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) (solo en el caso de personas físicas y no haber autorizado a su intermediación).
- Certificado de estar al corriente de sus obligaciones con el Cabildo de Tenerife.
- Informe de la Seguridad Social de plantilla media de trabajadores en alta de los 12 meses anteriores al día de la publicación de la convocatoria (en caso de no tener personal empleado, presentar informe negativo de inscripción como empresario).
- NIF de la persona jurídica.
- Escritura y/o acuerdo de modificación , estatutos y sus modificaciones.
- Anexo II. Memoria de inversiones.
- Anexo III. Memoria de actuación justificativa.
- Anexo IV Relación clasificada de los gastos de la actividad.
- Anexo V. Detalle de otros ingresos o subvenciones.
- Anexo VI. Cartel de publicidad si fuera concedida la subvención.
- Anexo VII. Declaración apoderado o representante.
- DNI/NIE y rectificación registral de la mención relativa al sexo, si procede (opcional para acreditar incrementos de puntuación).
- Informe de plantilla media de los dos años naturales anteriores al de la convocatoria.Opcional para acreditar incrementos de puntuación.
- Certificado de reconocimiento de discapacidad (opcional para acreditar incrementos de puntuación).
- Facturas o justificantes de las inversiones realizadas
- Normativa estatal
- Normativa local
- Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo insular de Tenerife, publicada en el BOP de Santa Cruz de Tenerife núm. 32, de 3 de marzo de 2005
- ANUNCIO de 31 de agosto de 2021, relativo a la aprobación definitiva de la modificación puntual de la Ordenanza General de Subvenciones, publicada en el BOC núm. 191 de 16 de septiembre de 2021
- Recurso de alzada
- 1. Formulario versión papel
- 2. Cumpliméntala
- 3. Imprímela
- 4. Puedes entregarla: En cualquier Centro de Servicio a la Ciudadanía habilitados.