Nueva Autorización para nuevos transportistas de Servicio Público de Mercancías para vehículos pesados (MDP). Ámbito autonómico.
Solicitud
Size 196 KBsSe considera vehículo Pesado (MDP), aquel cuyo P.M.A. sea superior a 6 Toneladas, y cuya capacidad de carga útil exceda de 3.500 kgs.
Habrá de contar como mínimo de dos (2) vehículos que NO podrán superar la antigüedad de dos (2) años desde su primera matriculación en el país de origen.
Para las autorizaciones de Auxilio-Rescate, el solicitante deberá contar al menos con DOS (2) vehículos-grúa, que no superen la antigüedad de dos (2) años, y que sumen un mínimo de dieciocho toneladas (18 Tm) de masa máxima autorizada (MMA), si estos dos vehículos no sumaran esa cantidad tendrían que seguir añadiendo vehículos hasta llegar a las 18.000 Kg. En este caso el destino del vehículo tendrá que ser el de Auxilio en Carretera.
También se podrá tener acceso al mercado por la transferencia de toda la flota con autorización de servicio público de mercancías con la que cuente el cedente de la autorización.
Tendrá que tenerse en cuenta que las autorizaciones se solicitarán en el Cabildo Insular de la isla donde el solicitante tenga su domicilio fiscal.
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Solicitud en modelo normalizado para la petición de autorización de tarjeta de transporte.
- Solicitud de Certificado Previo para la matriculación o transmisión del vehículo en la Dirección General de Tráfico (DGT).
- Declaración Responsable del cumplimientos de requisitos, de acuerdo al artículo 43.1.e) de la Ley 16/1887, 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (conforme al modelo normalizado)
- Documento Nacional de Identidad en vigor si el solicitante es persona física, o tarjeta de residencia en vigor cuando el solicitante fuera extranjero, o Código de Identificación Fiscal si es persona jurídica o similar
- Ficha técnica del vehículo con I.T.V. vigente
- Permiso de Circulación cuya titularidad corresponda al peticionario y destinado a Servicio Público, o Auxilio en carretera en caso de tratarse de una autorización de auxilio-rescate. Domiciliado en el mismo domicilio fiscal de la empresa.Este documento se presentará en el momento en el que la titularidad del vehículo se corresponda con el peticionario de la tarjeta de transporte
- Escritura de constitución de Sociedad, si se trata de persona jurídica, así como de sus modificaciones posteriores, si existieran
- Si se trata de persona física, alta del titular en el régimen especial de trabajadores Autónomos o últimos recibos abonados.
- Seguro Social TC1-TC2, de los tres últimos meses si el titular es persona jurídica o persona física siempre que cuente con más de dos vehículos con autorización
- Alta en el Impuesto de Actividades económicas (I.A.E.) (Modelo 036 - Epígrafe 722).
- Alta en el Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.) (Modelo 400 - Epígrafe 722)
- Título de capacitación profesional para el transporte interior/internacional de mercancías, cumpliendo con los requisitos necesarios para la correcta capacitación profesional. El Gestor de Transporte/Capacitado de la sociedad tendrá las siguientes posibilidades para cumplir dicho requisito:
1º) Ser administrador (único, solidario o mancomunado) y contar al menos con el 15% de las acciones;
2º) Poder Notarial general otorgado por el administrador de la sociedad, y además cumplir una de las opciones siguientes: Contar con al menos el 15% de las acciones de la misma o estar dado de alta en el grupo de cotización 01 (Personal Directivo) en la Seguridad Social.
En el caso de Persona Física la capacitación profesional recaerá sobre el titular de la autorización o sobre su cónyuge (en este último caso, obligatorio régimen económico matrimonial de gananciales), no existiendo otras posibilidades - Certificado de honorabilidad expedido por el Registro General De Penados o declaración responsable. (art. 8 del Decreto 72/2012, 2 agosto, aprueba el Reglamento de la Ley 13/2007).
- Certificación bancaria de disponer de un saldo en cuenta de al menos 9.000€ por la primera de las autorizaciones de transporte solicitadas y 5.000€ por cada una de las sucesivas (se presentará por la totalidad de la flota)
- Se comprobará de oficio por parte de la administración. Se comprobará de oficio la carencia de deudas por parte del solicitante en la Agencia Tributaria Canaria (I.G.I.C.), Agencia Tributaria Estatal (I.A.E.), y Tesorería General de la Seguridad Social (T.G.S.S.), así como la no existencia de Sanciones en materia de transportes. Además se comprobará el/los epígrafes en los que se encuentra de alta la empresa en el Impuesto Actividades Económicas (I.A.E.).
- En el caso de autorizaciones de Auxilio-Rescate. además de la relación de documentación ya expuesta, tendrán que presentar declaración responsable donde manifieste contar con una oficina abierta al público en la isla. Así como fotografías en color del vehículo donde se pueda comprobar la existencia del nombre o razón social de la empresa titular de la autorización tanto en la parte delantera como en las puertas del vehículo, así como la obligación de contar con marcado reflectante de forma que quede identificado el contorno del vehículo.
- Normativa autonómica
- Decreto 72/2012, de 02 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carreteras de Canarias (BOC nº 157 de 10 de agosto)
- Ley 13/2007, de 16 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias (BOC nº 104 de 24 de mayo)
- Orden de 22 de mayo de 2015, por la que se regulan determinados aspectos referidos al transporte de Auxilio-rescate.
- Recurso de alzada
- 1.
Solicitud
Size 196 KBs - 2. Cumpliméntala
- 3. Imprímela
- 4. Puedes entregarla: En cualquier Centro de Servicio a la Ciudadanía habilitados.