Rehabilitación y sustitución de vehículo de la autorización de baja para transportistas de Servicio Público de Mercancías para vehículos ligeros (MDL). Ámbito autonómico.
Solicitud
Size 196 KBsLa sustitución tendrá que realizarse obligatoriamente por otro con una antigüedad de al menos un año más nuevo de fecha de primera matriculación en el país de origen.
Se considera vehículo Ligero (MDL), aquel cuyo P.M.A. no exceda las seis (6) toneladas o que, aún sobrepasando dicho peso, tengan una capacidad de carga útil no superior a 3,5 toneladas.
Tendrá que tenerse en cuenta que las autorizaciones se solicitarán en el Cabildo Insular de la isla donde el solicitante tenga su domicilio fiscal.
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Solicitud en modelo normalizado para la petición de la Rehabilitación de la autorización de transporte.este impreso se rellanará con los datos del vehículo que se quita (sustituido)
- Impreso de Baja de la autorización de la que se levanta la suspensión temporal. dentro de las diferentes opciones que contempla este impreso tendrá que marcarse la de sustitución de vehículo y se rellenará con los datos del vehículo que se quita (sustituido)
- Solicitud normalizada para la petición de la sustitución de vehículo en la autorización de trasnporte.Esta solicitud se rellenará con la matrícula del nuevo vehículo (sustituto).
- Permiso de Circulación cuya titularidad corresponda al peticionario y destinado a Servicio Público, o Auxilio en carretera en caso de tratarse de una autorización de auxilio-rescate. Domiciliado en el mismo domicilio fiscal de la empresa.Este documento se presentará en el momento en el que la titularidad del vehículo se corresponda con el peticionario de la tarjeta de transporte
- Ficha Técnica en vigor, con la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) vigente
- Documento Nacional de Identidad en vigor si el solicitante es persona física, o tarjeta de residencia en vigor cuando el solicitante fuera extranjero, o Código de Identificación Fiscal si es persona jurídica o similar
- Últimos recibos abonados en el régimen especial de trabajadores autónomos.
- Seguro Social TC1-TC2, de los tres últimos meses si el titular es persona jurídica o persona física siempre que cuente con más de dos vehículos con autorización
- Certificación de situación censal expedida por la Consejería de Hacienda del Gobierno de Canarias. acreditativa de los epígrafes en los que se encuentra de alta la empresa en la actualidad en el Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.). Este documento podrá sustituirse por la presentación del abono del último ejercicio del Modelo 425 del mismo impuesto (Resumen Anual).
- Certificación bancaria de disponer de un saldo en cuenta de al menos 9.000€ por la primera de las autorizaciones de transporte solicitadas y 5.000€ por cada una de las sucesivas (se presentará por la totalidad de la flota).
- Impuesto de Sociedades, último ejercicio, validado (en todas sus hojas) por la Agencia tributaria.
- Se comprobará de oficio por parte de la administracion. Carencia de deudas por parte del solicitante en la Agencia Tributaria Canaria (I.G.I.C.), Agencia Tributaria Estatal (I.A.E.), y Tesorería General de la Seguridad Social (T.G.S.S.), así como la no existencia de Sanciones en materia de transportes. Además se comprobará el/los epígrafes en los que se encuentra de alta la empresa en el Impuesto Actividades Económicas (I.A.E.).
- En el caso de autorizaciones de Auxilio-Rescate. En el caso de autorizaciones de Auxilio-Rescate además de la relación de documentación ya expuesta, tendrán que presentar declaración responsable donde manifieste contar con una oficina abierta al público en la isla. Así como fotografías en color del vehículo donde se pueda comprobar la existencia del nombre o razón social de la empresa titular de la autorización tanto en la parte delantera como en las puertas del vehículo, así como la obligación de contar con marcado reflectante de forma que quede identificado el contorno del vehículo.
- Normativa autonómica
- Decreto 72/2012, de 02 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carreteras de Canarias
- Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias
- Orden de 22 de mayo de 2015, por la que se regulan determinados aspectos referidos al transporte de Auxilio-rescate.
- Recurso de alzada
- 1.
Solicitud
Size 196 KBs - 2. Cumpliméntala
- 3. Imprímela
- 4. Puedes entregarla: En cualquier Centro de Servicio a la Ciudadanía habilitados.