Subvenciones para el fomento de la diversidad LGBTIQ+ 2024
1.-Estar constituidas legalmente como asociación, federación o fundación, inscritas en el correspondiente Registro y debidamente actualizadas.
2.-Tener sede y ámbito de actuación en la isla de Tenerife.
3.-Que haya transcurrido, al menos, un año desde su constitución, tomando como referencia el último día del plazo establecido para la presentación de solicitudes de subvención.
4.-Ser de naturaleza jurídica privada y, por tanto, no pertenecer al sector público.
5.-Contemplar en sus estatutos (en su objeto y/o fines) el desarrollo de acciones relacionadas con el fomento de la diversidad LGBTIQ+, con la reivindicación de derechos de las personas LGBTIQ+ y con la no discriminación, de manera exclusiva.
No podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades que presenten alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Solicitud. Solicitud en modelo normalizado.
- ANEXO I: PROYECTO A DESARROLLAR Y PRESUPUESTO
- 3. Certificado. Certificado, Resolución o cualquier otro documento oficial que acredite su inscripción en el Registro competente.
- 2. Estatutos. Estatutos y sus modificaciones, diligenciados por el Registro de Entidades competente, en los que se haga constar como objeto y/o fines los exigidos en las bases para cada línea de subvención.
- 4. Acreditación de la representación. Acreditación de la representación, que podrá realizarse por cualquiera de los medios admitidos en Derecho: poder notarial, documento del órgano directivo de la entidad que le acredite como representante, certificado del/a Secretario/a, etc.
- ANEXO II: DECLARACIÓN RESPONSABLE
- ANEXO III: COMPROMISO DE COLABORACIÓN Y PARTICIPACIÓN
- Recurso de alzada