Subvenciones directas nominativas
Se podrán conceder de forma directa:
a) Las previstas nominativamente en los presupuestos de las entidades locales
b) Aquellas cuyo otorgamiento viene impuesto por una norma de rango legal
c) Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Solicitud Normalizada
- DNI / NIE
- Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) acreditativo de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias
- Certificado de la Agencia Tributaria Canaria acreditativo de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativo de estar al corriente en sus obligaciones
- Certificado de hallarse al corriente con el Cabildo Insular de Tenerife
- Recurso de alzada
- Recurso contencioso-administrativo
- 1. Formulario versión papel
- 2. Cumpliméntala
- 3. Imprímela
- 4. Puedes entregarla: En cualquier Centro de Servicio a la Ciudadanía habilitados.