Asesoramiento jurídico y/o asistencia económico financiera y administrativa
Asesoramiento jurídico, atendiendo a lo establecido en el artículo 8 del Reglamento de Asistencia Integral a los Municipios
Asistencia económico - financiera y administrativa, atendiendo a lo establecido en el artículo 18 letras de la b) a la j) del Reglamento de Asistencia Integral a los Municipios,
Los municipios que superando dicha población, carezcan de medios o de personal cualificado para el desempeño de la modalidad de asistencia que solicitan, también podrán ser beneficiarios de este servicio en los términos que se establecen en los Títulos II y III.
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Solicitud
- Normativa local
- Recurso de alzada