Alta nueva de empresa que quiera dedicarse al transporte discrecional de viajeras o viajeros (VD) de ámbito autonómico.
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Solicitud en modelo normalizado
- DNI si es persona física
- Si es persona jurídica escritura de constitución de la sociedad. La escritura debe estar debidamente registrada.
- N.I.F. de la sociedad. Debe aportar el número de identificación fiscal de la sociedad solicitante.
- Requisito de Honorabilidad. Todas las personas con cargos directivos de la empresa deberán presentar una Declaración Responsable de no hallarse incurso en ninguna de las causas previstas que le impidan el ejercicio de la actividad.
- Capacitación Profesional. La persona que quiera capacitar a una empresa debe cumplir los siguientes requisitos:
1) Tener el título de transportista
2) Tener conferidos poderes generales para representar a la empresa en operaciones propias de su tráfico ordinario.
3) Tener conferidos poderes generales de disposición de fondos
4) Ser titular de, al menos un 15 % de las acciones de la empresa o bien figurar en la plantilla como personal directivo, Grupo de cotización 01. - Requisito de Capacidad económica. Debe aportar una certificación bancaria que acredite la solvencia económica de la empresa. Dicha certificación se entenderá cuantificada en 9.000 € por un primer vehículo más 5.000 € por cada uno de los restantes que completan su flota. El certificado se emitirá por el total.
- Cumplimiento obligaciones fiscales. Quien solicita debe estar de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.) si es persona jurídica, o en el I.R.P.F. si se trata de persona física. (Modelo 036 - Epígrafe 722).
- Cumplimiento obligaciones fiscales con Hacienda Canaria. Debe presentar las declaraciones periódicas del IGIC, así como la declaración anual. (Modelo 400 - Epígrafe 722)
- Cumplimiento obligaciones laborales y sociales. Debe presentar el alta de la empresa en la Seguridad Social así como el alta del personal que preste servicio en su empresa.
- Número mínimo de vehículos. Deben disponer, en todo momento de una flota mínima de NUEVE vehículos de más de diez plazas, en propiedad o en régimen de arrendamiento ,"leasing" o "renting". Los vehículos no podrán superar, en el momento de solicitar la autorización, la antigüedad de dos años contados desde su primera matriculación.
- Se comprobarán datos de la empresa. Se comprobará de oficio la carencia de deudas por parte de quien solicita en la Agencia Tributaria Canaria (I.G.I.C.), Agencia Tributaria Estatal (I.A.E.), y Tesorería General de la Seguridad Social (T.G.S.S.), así como la no existencia de Sanciones en materia de transportes. Además se comprobará el/los epígrafes en los que se encuentra de alta la empresa en el Impuesto Actividades Económicas (I.A.E.).
- Permisos de circulación de todos los vehículos. Deben ser titularidad de la persona solicitante; estar destinados a servicio público; y no podrán superar, en el momento de solicitar la autorización, la antigüedad de dos años contados desde su primera matriculación.
- Fichas técnicas de todos los vehículos con la I.T.V. en vigor.Deben tener una capacidad de más de diez plazas, clasificación Autobús
- Pólizas del seguro de todos los vehículos.Debe aportar la póliza completa así como el último recibo abonado del mismo.
- Condiciones especiales de calidad. El transporte público turístico, además de los derivados del transporte discrecional requiere el cumplimiento de las siguientes condiciones especiales de calidad: a) Dotación y equipamiento especial de vehículos, sistema de gestión de flota (GPS o equivalente); b) Conductores o conductoras con conocimientos de un segundo idioma; c) Disponer la empresa de un certificado de Calidad expedido por una entidad acreditada.
38.85 € por cada vehículo que pretenda dar de alta.
- Recurso de alzada