Subvenciones destinadas a la apertura de empresas y/o locales.
Se entenderá como puesta en marcha de una actividad económica por personas trabajadoras por cuenta propia (o autónomas) de forma individual, o de forma colectiva, cuando una persona física o conjunto de personas físicas, independientemente de la fórmula jurídica que elijan, constituyan una Micropyme viable con domicilio social en la isla de Tenerife en los sectores de actividad económica que se determinen en estas Bases Reguladoras y que sean generadoras de empleo.
La apertura de un nuevo local en que se preste servicio al público o establecimiento comercial en una zona comercial urbana de una actividad económica ya existente se entenderá referida a la expansión de la misma actividad económica que se lleva desarrollando de forma previa a la solicitud de la subvención, manteniendo la condición de Micropymes, que sean viables, y generadoras de empleo.
Se entenderá como Zona Comercial Urbana aquella zona urbana en el centro de ciudades, barrios y pueblos delimitada por una o varias calles que pueden recorrerse a pie, en presencia de otras actividades económicas distintas al comercio (socioculturales, restauración, servicios) con diversidad de establecimientos cercanos entre sí.
A esta definición no se encontrarán contempladas las actividades económicas desarrolladas cercanas a las infraestructuras viales tipo carreteras, cuando no se encuentren atravesando una zona urbana, autopistas y autovías.
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Modelo normalizado de solicitud
- Alta o modificación de los datos bancarios de terceros
- Certificado de situación en el Censo de Actividades Económicas. Certificado de situación en el Censo de Actividades Económicas de la AEAT (certificado Impuesto sobre Actividades Económicas). (Certificado de Situación Censal)
- Resolución alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA)
- Informe de Vida Laboral (del promotor y/o promotores)
- Declaración censal , modelo 037 de los comuneros.Sólo en el caso de las Comunidades de Bienes. Deben presentar el modelo 036 correspondiente a la entidad y modelo 037 correspondiente a cada uno de las personas integrantes de la Comunidad de Bienes.
- Memoria del proyecto según Anexo 2
- Compromiso de creación de empleo (Anexo 3)
- Informe de Vida Laboral de un Código de Cuenta de Cotización (referido a la nueva empresa creada). En el que se aprecie el número de trabajadores con que cuenta la empresa y la modalidad del contrato practicado en cuanto a duración temporal y duración de jornada de trabajo. En caso de compromiso a la creación de puestos de trabajos en la modalidad de contratos laborales indefinidos y estos ya se han materializado, donde figuren las altas contempladas en el compromiso de creación de Empleo del Anexo 3.
- Diploma en "Creación de Empresas"
- Título no universitario
- Título universitario
- DNI/NIE en el caso de persona física y/o representante legal de la entidad
- Número de Identificación Fiscal definitivo. en el caso de Sociedades Civiles, Mercantiles y Mercantiles especiales y Comunidades de bienes
- Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Acreditación del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Canaria
- Certificado de estar al corriente con el Cabildo de Tenerife
- Acreditación de la representación. por cualquiera de los siguientes medios: poder notarial, documento del órgano directivo de la Entidad que le acredite como representante, declaración en comparecencia personal del interesado o por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna
- Escritura y/o acuerdo de constitución. en el caso de Sociedades Civiles, Mercantiles y Mercantiles especiales y Comunidades de bienes
- Estatutos y sus modificaciones. en el caso de Sociedades Civiles, Mercantiles y Mercantiles especiales y Comunidades de bienes
- Anexo 5. personas promotoras de la iniciativa que además señalan a una de ellas como representante y que autorizan en su caso para intermediar diferentes certificados
- Certificado de discapacidad reconocida igual o superior al 33%
- Comunicación previa o autorización administrativa habilitante (licencia). Respecto de las solicitudes que incluyan apertura de local a pie de calle, conforme a la Ley de Actividades Clasificadas.
- Informe de plantilla media. En el caso de tener trabajadores, deberá aportar el Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta emitido por la Seguridad Social de cada uno de los Códigos de Cuenta de Cotización (CCC) que posea, para el periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del ejercicio anterior al de la convocatoria.
- Duplicado de la Resolución de cada uno de los códigos de cuenta de cotización (CCC). que posea, incluida la de la nueva iniciativa empresarial económica a desarrollar.
En el caso de no tener trabajadores, deberá aportar el Informe negativo de inscripción de empresario emitido por la Seguridad Social. - Declaración del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200)
- Modelo 100 del IRPF
- Modelo 184 correspondiente al ejercicio del año de la convocatoria presentado a la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Normativa estatal
- Normativa local
- Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo insular de Tenerife, publicada en el BOP de Santa Cruz de Tenerife núm. 32, de 3 de marzo de 2005
- ANUNCIO de 31 de agosto de 2021, relativo a la aprobación definitiva de la modificación puntual de la Ordenanza General de Subvenciones, publicada en el BOC núm. 191 de 16 de septiembre de 2021
- Potestativo de reposición
- Recurso contencioso-administrativo
- 1. Formulario versión papel
- 2. Cumpliméntala
- 3. Imprímela
- 4. Puedes entregarla: En cualquier Centro de Servicio a la Ciudadanía habilitados.