Subvenciones a las Galerías de Arte de la isla de Tenerife, 2024
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Formulario normalizado de solicitud
- Proyecto de programación. máx. 20 páginas
- Actividad de la Galería. desde enero de 2021, máx. 4 páginas
- Presupuesto de gastos y plan de financiación. ambas cantidades coincidentes en cuantía
- Declaración responsable. porcentaje que supone la obra de artistas locales
- Contrato o escritura de arrendamiento. referido al local destinado a galería
- Escrituras y estatutos. SOLO personas jurídicas
- Alta en el RETA. SOLO trabajadores autónomos
- Impuesto de Actividades Económicas (alta IAE)
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Certificado de estar al corriente con el Cabildo de Tenerife
- Normativa estatal
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. (B.O.E. de 2 de octubre de 2015)
- Normativa autonómica
- Normativa local
- Recurso de alzada