Becas en especie de Inmersión Lingüística del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, periodo lectivo 2023/2024/2025
Concesión en régimen de concurrencia competitiva, de becas en especie de inmersión lingüística de alumnado de educación secundaria obligatoria y bachillerato, bajo las condiciones establecidas para cada una de las modalidades.
1.1. Las modalidades de beca y sus respectivos objetos son:
A.- BECAS DE INMERSIÓN LINGÜÍSTICA DE PRIMER TRIMIESTRE (BECAS BIL - TRIMESTRE): programa de inmersión lingüística en Irlanda, Canadá o Francia de ciento cinco días de duración, consistente en el alojamiento en familia y asistencia a un centro educativo de la red del país de destino, durante toda la duración del programa, desde el comienzo del curso 2023/2024 por quienes durante el mismo cursen el cuarto nivel de Educación Secundaria Obligatoria.
Podrán solicitar esta beca quienes realicen 3º de Educación Secundaria Obligatoria durante el curso escolar 2022/2023.
B.- BECAS DE INMERSIÓN LINGÜÍSTICA DE AÑO ACADÉMICO (BECAS BIL – AÑO ACADÉMICO): programa de inmersión lingüística en Irlanda, consistente en el alojamiento en familia y asistencia a un centro educativo de la red del país de destino, durante todo el curso 2023/2024 por quienes durante el mismo cursen el cuarto nivel de Educación Secundaria Obligatoria.
Podrán solicitar esta beca quienes realicen 3º de Educación Secundaria Obligatoria durante el curso escolar 2022/2023
C.- BECAS DUAL 4: curso, con características combinadas presenciales y online dirigido a la obtención del título de Bachiller de Estados Unidos o Canadá. Se realizará por quienes, durante los períodos lectivos 2023/2024 y 2024/2025, cursen respectivamente los niveles primero y segundo de Bachillerato. Incluye estancia de un mínimo de cuatro semanas de duración en el país correspondiente, durante el período vacacional de verano entre los dos cursos de Bachillerato.
Podrán solicitar esta beca quienes realicen 4º de Educación Secundaria Obligatoria durante el curso escolar 2022/2023.
D.- BECAS CAMBRIDGE: curso online de inglés a desarrollar durante el curso escolar 2023/2024 por quienes en ese período cursen primero de bachillerato, seguido de una estancia de tres semanas en la Universidad de Cambridge, a realizar en el periodo vacacional posterior a la finalización de dicho período lectivo.
Podrán solicitar esta beca quienes realicen 4º de Educación Secundaria Obligatoria durante el curso escolar 2022/2023.
- Becas BIL (Trimestre y Año académico): 3º ESO
- Becas Dual 4 y Becas Cambridge: 4º ESO
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Solicitud
- Acreditación de la representación mediante modelo normalizado (en el caso de actuar como representante)
- Certificado Académico o boletín de calificaciones. -Para las modalidades Becas BIL (Trimestre y Año académico): calificaciones finales de cada asignatura de cada uno de los cursos 1º y 2º de Educación Secundaria Obligatoria.
-Para la modalidad Becas Dual 4 / Becas Cambridge: calificaciones finales de cada asignatura de cada uno de los cursos 1º, 2º y 3º de Educación Secundaria Obligatoria. - Autorización para la consulta de datos de miembros de la unidad familiar (en caso de no autorizarlo, según modelo proporcionado por la convocatoria, aportar también la declaración de IRPF del ejercicio 2021 de cada miembro de la unidad familiar)
- Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del 2021 de cada miembro de la unidad familiar (solo si no se autoriza consulta según modelo proporcionado por la convocatoria)
- En el caso de que la pesona solicitante tenga la consideración de víctimas de violencia de género, o sea hija o hijo de victima de violencia de género que forme parte de su unidad familiar. Acreditación mediante cualquiera de los siguientes documentos:
a) Sentencia definitiva condenatoria por hechos constitutivos de violencia de género.
b) Resolución judicial que hubiera acordado medidas cautelares para la protección de la víctima.
c) Orden de protección acordada a favor de la víctima.
d) Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que algún miembro de la unidad familiar o la persona solicitante es víctima de violencia de género hasta tanto se dicte la orden de protección.
e) Cualquier otro documento que el órgano gestor considere)
- Normativa estatal
- Normativa local
- Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo Insular de Tenerife
- Norma del Registro Electrónico General del Cabildo Insular de Tenerife, aprobado por el Cabildo Insular de Tenerife en Pleno en sesión de fecha 26 de julio de 2018, y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 143, de 28 de noviembre de 2018
- Recurso de alzada