Alta nueva de empresa que quiera dedicarse al transporte privado complementario de viajeros y viajeras (VPC) de ámbito nacional o autonómico
La empresa deberá estar dedicada a una finalidad principal distinta a la del transporte de viajeros y viajeras. Deberá estar al corriente de sus obligaciones fiscales, laborales y sociales. El volumen de transporte autorizado a la empresa deberá ser acorde con su número de personas en plantilla, Deberán llevar a bordo siempre el original o copia compulsada de la autorización de transporte así como un listado nominal indicando el número de afiliación a la Seguridad Social, sellado y firmado por la empresa a los efectos de comprobar que el pasaje pertenece a la plantilla de la empresa.
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Solicitud en modelo normalizado
- DNI si es persona física
- Si es persona jurídica escritura de constitución de la sociedad. La escritura debe estar debidamente registrada.
- N.I.F. de la sociedad. Debe aportar el número de identificación fiscal de la sociedad solicitante.
- Cumplimiento obligaciones fiscales. Debe estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.) si es persona jurídica, o en el I.R.P.F. si se trata de persona física. (Modelo 036 - Epígrafe 722).
- Cumplimiento obligaciones fiscales con Hacienda Canaria. Debe presentar las declaraciones periódicas del IGIC, así como la declaración anual. (Modelo 400 - Epígrafe 722)
- Cumplimiento obligaciones laborales y sociales. Debe presentar el alta de la empresa en la Seguridad Social así como el alta de las personas que presten servicio en su empresa.
- Se comprobarán datos de la empresa. Se comprobará de oficio la carencia de deudas por parte de quien solicita en la Agencia Tributaria Canaria (I.G.I.C.), Agencia Tributaria Estatal (I.A.E.), y Tesorería General de la Seguridad Social (T.G.S.S.), así como la no existencia de Sanciones en materia de transportes. Además se comprobará el/los epígrafes en los que se encuentra de alta la empresa en el Impuesto Actividades Económicas (I.A.E.).)
- Permiso de circulación del vehículo. Debe ser titularidad de la persona solicitante;
- Ficha técnica del vehículo con la I.T.V. en vigor.
- Póliza del seguro del vehículo.Debe aportar la póliza completa así como el último recibo abonado del mismo.
- Seguros Sociales. Último TC-1 y TC-2 abonado a los efectos de comprobar el número total de trabajadores y trabajadoras de la empresa
- Memoria. Debe justificar la necesidad de transportar a las personas en plantilla así como debe el volumen de trabajo de la empresa. Debe consignar el trayecto aproximado que realizará así como el horario.
38.85 € por cada vehículo que pretenda dar de alta.
- Normativa estatal
- Normativa autonómica
- Recurso de alzada