Comunicación del cese definitivo o temporal de establecimientos turísticos de alojamiento
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Comunicación en modelo normalizado debidamente cumplimentado
- Libro de inspección, si tuviera o declaración responsable indicando que no lo posee
- Hojas de reclamaciones
- Normativa autonómica
- Decreto 142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento y se modifica el Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos
- Ley 7/1995 de Ordenación del Turismo de Canarias
- Ley 2/2013 de renovación y modernización turística de Canarias
- Decreto 10/2001, de 22 de enero, por el que se regulan los estándares turísticos
- No cabe recurso
- 1. Formulario versión papel
- 2. Cumpliméntala
- 3. Imprímela
- 4. Puedes entregarla: En cualquier Centro de Servicio a la Ciudadanía habilitados.