Becas en especie para la Inmersión Lingüística del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, periodo lectivo 2025/2026/2027
1.4 Las modalidades de beca y sus respectivos objetos son:
A.- ALUMNADO QUE CURSE TERCERO - 3º ESO EN EL PERÍODO 2024/2025
1) BECAS DE INMERSIÓN LINGÜÍSTICA DE AÑO ACADÉMICO (BECAS BIL AÑO ACADÉMICO): programa de inmersión lingüística en Irlanda, consistente en la realización íntegra del 4º nivel de ESO, curso académico 2025/2026, en Irlanda, con alojamiento en alojamiento en familia y asistencia a un centro educativo de dicho país.
Podrán solicitar esta beca quienes realicen 3º de Educación Secundaria Obligatoria durante el curso escolar 2024/2025.
2) BECAS DE INMERSIÓN LINGÜÍSTICA DE PRIMER TRIMESTRE (BECAS BIL - TRIMESTRE): programa de inmersión lingüística, consistente en la realización del primer trimestre del 4º nivel de ESO, curso académico 2025/2026, en un centro educativo de Irlanda, Canadá, Estados Unidos o Francia, con alojamiento en familia y asistencia a un centro educativo de la red del país de destino, durante toda la duración del programa
Podrán solicitar esta beca quienes realicen 3º de Educación Secundaria Obligatoria durante el curso escolar 2024/2025.
B.- ALUMNADO QUE CURSE CUARTO - 4º ESO EN EL PERÍODO 2024/2025
1) BECAS DUAL: curso, con características combinadas presenciales y online dirigido a la obtención del título de Bachiller de Estados Unidos o Canadá. Se realizará por quienes, durante los períodos lectivos 2025/2026 y 2026/2027, cursen respectivamente los niveles primero y segundo de Bachillerato. Incluye estancia de un mínimo de cuatro semanas de duración en el país correspondiente, durante el período vacacional de verano entre los dos cursos de Bachillerato.
Podrán solicitar esta beca quienes realicen 4º de Educación Secundaria Obligatoria durante el curso escolar 2024/2025.
- Becas BIL (Año académico y Trimestre): 3º ESO
- Becas Dual: 4º ESO
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- solicitud
- Acreditación de la representación mediante modelo normalizado (en el caso de actuar como representante)
- Certificado Académico o boletín de calificaciones. -Para las modalidades Becas BIL ( Año académico y trimestre): calificaciones finales de cada asignatura de cada uno de los cursos 1º y 2º de Educación Secundaria Obligatoria.
-Para la modalidad Becas Dual: calificaciones finales de cada asignatura de cada uno de los cursos 1º, 2º y 3º de Educación Secundaria Obligatoria. - Autorización para la consulta de datos de miembros de la unidad familiar (en caso de no autorizarlo, según modelo proporcionado por la convocatoria, aportar también la declaración de IRPF del ejercicio 2023 de cada miembro de la unidad familiar)
- Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del 2023 de cada miembro de la unidad familiar (solo si no se autoriza consulta según modelo proporcionado por la convocatoria)
- En el caso de que la pesona solicitante tenga la consideración de víctimas de violencia de género, o sea hija o hijo de victima de violencia de género que forme parte de su unidad familiar. Acreditación mediante cualquiera de los siguientes documentos:
a) Sentencia definitiva condenatoria por hechos constitutivos de violencia de género.
b) Resolución judicial que hubiera acordado medidas cautelares para la protección de la víctima.
c) Orden de protección acordada a favor de la víctima.
d) Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que algún miembro de la unidad familiar o la persona solicitante es víctima de violencia de género hasta tanto se dicte la orden de protección.
e) Cualquier otro documento que el órgano gestor considere)
- Normativa estatal
- Normativa local
- Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo Insular de Tenerife
- Norma del Registro Electrónico General del Cabildo Insular de Tenerife, aprobado por el Cabildo Insular de Tenerife en Pleno en sesión de fecha 26 de julio de 2018, y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 143, de 28 de noviembre de 2018
- Recurso de alzada