Subvenciones a personas físicas y jurídicas para la realización de intervenciones en inmuebles de valor cultural correspondiente al ejercicio 2024
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Solicitud de subvención a personas físicas y jurídicas sin ánimo de lucro para la realización de intervenciones en inmuebles de valor cultural durante el ejercicio 2023
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificado de estar al corriente con el Cabildo de Tenerife
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal.
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
- Memoria descriptiva y detallada de las actuaciones a subvencionar incluyendo fotografías del estado actual de los elementos a intervenir.
- Fotografía de fachada al objeto de facilitar la identificación del inmueble.
- Plano de situación.
- Planos o croquis que definan la naturaleza y alcance de la intervención, así como los elementos o zonas de actuación.
- Presupuesto desglosado por unidades de obra redactado por técnico competente o empresa constructora encargada de la ejecución de las obras.
- Hoja resumen total del presupuesto incluido IGIC.
- Autorización de representación mediante escrito en el que consten los datos identificativos de la persona que realiza el poder y de la que lo recibe o a la que se lo otorga.
- Documento acreditativo de la propiedad del inmueble.Si el peticionario no fuera el propietario, habrá de adjuntar la autorización de su propietario/s para la realización de las obras cuya subvención solicita, junto a la documentación de éstos.
- Declaración responsable, firmada por el solicitante.
- Declaración responsable en la que se indiquen otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada, haciendo mención de la entidad concedente e importe al que asciende dicha financiación.
- Alta/modificación de datos a terceros, debidamente cumplimentado.En el supuesto de no haberlo presentado con anterioridad, o en caso de modificación de datos personales o bancarios. El modelo normalizado de alta se encuentra disponible en la página web www.tenerife.es , en Servicios y Trámites; utilizando el buscador podrá encontrar alta o modificación de datos de terceros.
- Certificación del secretario en el supuesto de solicitudes a presentar por comunidades de propietarios. En el supuesto de solicitudes a presentar por comunidades de propietarios, actuará como representante el presidente de la misma, debiéndose aportar certificación del secretario, previa acreditación de su designación, en la que se recoja los siguientes aspectos:
Designación del presidente.
Aprobación de la realización de las obras.
Solicitud de subvención para esta convocatoria.
Igualmente, el secretario de la comunidad tendrá que presentar certificación en la que se indique la relación de todos los propietarios y los compromisos de ejecución asumidos por cada uno de ellos.
La comunidad será la promotora de las obras.
Si la comunidad de propietarios solicitante y/o el presidente de la misma no han prestado consentimiento para la verificación de su identidad, deberá presentarse el Número de Identificación Fiscal y el Documento Nacional de Identidad, respectivamente.
El resto de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, sin personalidad jurídica, deberán nombrar y acreditar el nombramiento de un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.
- Normativa estatal
- Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones
- Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Normativa local
- Ordenanza General de Subvenciones de 23 de diciembre de 2004 (BOP nº 32, de 3 de marzo de 2005)
- Modificación de 9 de julio de 2021 ( BOP nº 107 de 6 de septiembre de 2021) de la Ordenanza General de Subvenciones de 23 de diciembre de 2004.
- Bases de Ejecución del Presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife para el presente ejercicio 2024.
- Recurso de alzada