Ayudas para el control de la trazabilidad en vendimia de los vinos de calidad de Tenerife, ejercicio 2024
A tal efecto, serán subvencionables los gastos detallados en la base tercera con los límites establecidos en la misma, que hayan sido ejecutados entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de 2024.
El abono se realizará con carácter anticipado y se establece un plazo de justificación hasta el 31 de enero de 2025.
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Solicitud de ayudas para el control de la trazabilidad en vendimia de los vinos de calidad de Tenerife.
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias. en caso de que NO se autorice la consulta de datos por el Cabildo.
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social. en caso de que NO se oponga a la consulta de datos por el Cabildo.
- Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal.en caso de que NO se autorice la consulta de datos por el Cabildo.
- Número de Identificación Fiscal (C.I.F.), Escritura y/o acuerdo de constitución, Estatutos y sus modificaciones, en su caso.
- Acreditación de la Representacion.Debidamente actualizada que podrá realizarse por cualquiera de los siguientes medios poder notarial, certificación del Secretario de la entidad, correctamente expedido, acreditativo de la representación con la que actúa, o por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna
- Relación clasificada de los gastos generados por la ejecución de las actuaciones subvencionables. durante el periodo subvencionable, de forma que el montante de éstos coincida con el de los ingresos
- Relación clasificada de los ingresos globales obtenidos para la misma finalidad, durante el periodo subvencionable, haciendo mención expresa de las ayudas, subvenciones o recursos obtenidos para la actividad subvencionable. indicando su importe y procedencia de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, acompañando la correspondiente resolución de concesión
- Memoria de Actuación. Esta especificará las actividades previstas a realizar desglosando para cada concepto subvencionable las acciones previstas
- Documento de alta o modificaciones de terceros debidamente cumplimentado. en caso de no haber sido presentado con anterioridad o de haberse modificado los datos
- Certificado acreditativo de hallarse al corriente de las obligaciones con el Cabildo en caso de que NO se autorice la consulta de datos por el Cabildo.en caso de que NO se autorice la consulta de datos por el Cabildo.
- Normativa estatal
- Ley 38/2003, de 17 de Noviembre General de Subvenciones
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS
- Normativa local
- Potestativo de reposición