Subvenciones destinadas a la ejecución de proyectos de lucha contra el racismo y de acompañamiento de personas migrantes (2022)
Temática
Asuntos Sociales
¿Cuál es el plazo para solicitarlo?
Lunes, 22 Agosto 2022 - Viernes, 16 Septiembre 2022
Tipo de servicio
Ayudas y subvenciones
Plazo de presentación
Cerrado
Tramitar por Internet
¿En qué consiste?
Financiar proyectos de formación, visibilización y desarrollo comunitario que busquen luchar contra el racismo y la xenofobia, así como proyectos de asistencia, asesoramiento, apoyo y acompañamiento a personas migrantes para el empadronamiento y la gestión de los trámites legales para regularizar su situación en nuestro país y acceder a los servicios públicos esenciales.
¿Quién puede solicitarlo?
Toda entidad que quiera ser beneficiaria de la subvención deberá cumplir con los siguientes requisitos generales:
- Que conste inscrita en el Registro oficial correspondiente.
- Que entre sus ámbitos de actuación esté la isla de Tenerife.
- Que haya transcurrido, al menos, un año desde su constitución, tomando como referencia el último día del plazo establecido para la presentación de solicitudes de subvención a cualquiera de las Líneas.
- Ser de naturaleza jurídica privada y, por tanto, no pertenecer al sector público.
- No poseer ánimo de lucro y tener carácter altruista.
- Que en los últimos 5 años haya desarrollado, al menos, un proyecto con el mismo objeto que el de línea a la que se está presentando. En el caso de presentarse a la Línea 1, proyectos de visibilización y formación antirracista y de lucha y prevención del racismo. En el caso de presentarse a la Línea 2, proyectos de acompañamiento en el proceso de empadronamiento y gestión de trámites legales de regularización administrativa en España.
No podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades que presenten alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Que conste inscrita en el Registro oficial correspondiente.
- Que entre sus ámbitos de actuación esté la isla de Tenerife.
- Que haya transcurrido, al menos, un año desde su constitución, tomando como referencia el último día del plazo establecido para la presentación de solicitudes de subvención a cualquiera de las Líneas.
- Ser de naturaleza jurídica privada y, por tanto, no pertenecer al sector público.
- No poseer ánimo de lucro y tener carácter altruista.
- Que en los últimos 5 años haya desarrollado, al menos, un proyecto con el mismo objeto que el de línea a la que se está presentando. En el caso de presentarse a la Línea 1, proyectos de visibilización y formación antirracista y de lucha y prevención del racismo. En el caso de presentarse a la Línea 2, proyectos de acompañamiento en el proceso de empadronamiento y gestión de trámites legales de regularización administrativa en España.
No podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades que presenten alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Qué se necesita?
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Solicitud en modelo normalizado
- ANEXO I. ANEXO I: Proyecto a desarrollar y presupuesto
- ANEXO II. ANEXO II: Compromiso de denuncia ante la Diputación del Común de Canarias.
- ANEXO III: Certificado de la Secretaría referido al criterio de valoración 2
- ANEXO IV. Declaración Responsable.Sólo en el caso de que los estatutos, el certificado o resolución de inscripción o la acreditación de la representación ya obre en poder de esta Corporación Insular, la entidad solicitante podrá omitir su presentación, debiendo cumplimentar el ANEXO IV
- Estatutos y sus modificaciones, diligenciados por el Registro de Entidades competente, en los que se haga constar como objeto y/o fines los exigidos en las bases para cada línea de subvención.
- Certificado, Resolución o cualquier otro documento oficial que acredite su inscripción en el Registro competente.
- Acreditación de la representación, que podrá realizarse por cualquiera de los medios admitidos en Derecho: poder notarial, documento del órgano directivo de la entidad que le acredite como representante, certificado del/a Secretario/a, etc.).
- Alta/Modificación de datos de terceros.Sólo en el caso de no haber presentado con anterioridad el modelo de alta a terceros, o en caso de modificación de datos bancarios, deberá presentar el correspondiente documento de “Alta/Modificación de datos de terceros” de forma telemática, a través de la sede electrónica del Cabildo Insular de Tenerife (www.sede.tenerife.es), en “Servicios y Trámites” (Alta o modificación de datos de terceros), mediante el sistema cl@ve, habilitado para personas jurídicas. Para más información acceder a: https://sede.tenerife.es/es/datos-de-la-sede/tramitar-en-linea.
En ese sentido, las entidades deberán poner de manifiesto, en la correspondiente solicitud de subvención, que el documento de “Alta/Modificación de datos de terceros” ha sido presentado, a los efectos de que el Servicio Gestor tenga constancia del trámite realizado.
¿Qué órgano lo resuelve?
Área de Acción Social, Participación Ciudadana y Diversidad
Normativa
¿Cuál es el servicio responsable?
Servicio Administrativo de Acción Social y Participación
¿Es posible interponer recurso?
- Recurso de alzada
- Recurso contencioso-administrativo
¿Cómo se tramita?
Tramitación telemática
Documentación del Trámite
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