Subvenciones destinadas al reconocimiento de méritos deportivos obtenidos por deportistas tinerfeños en Campeonatos de España, Europa y del Mundo durante el año 2020
Temática
Deportes
¿Cuál es el plazo para solicitarlo?
Jueves, 11 Noviembre 2021 - Miércoles, 24 Noviembre 2021
Tipo de servicio
Ayudas y subvenciones
Plazo de presentación
Cerrado
¿En qué consiste?
Reconocer los méritos deportivos obtenidos por los siguientes deportistas en Campeonatos de España, Europa y del Mundo. A tales efectos, se entiende por mérito deportivo el resultado deportivo obtenido por un/a deportista en la prueba en la que participa:
a) Deportistas federados que compitan en disciplinas, modalidades o pruebas de deporte individual o en parejas tales como (Padel, tenis, voley-playa, etc.). A tales efectos, se entiende por mérito deportivo el resultado deportivo obtenido por un/a deportista en la prueba en la que participa.
b) Deportistas federados, tanto en modalidades de deportes individuales como colectivos, que participen en los Juegos Olímpicos o Paralímpicos.
a) Deportistas federados que compitan en disciplinas, modalidades o pruebas de deporte individual o en parejas tales como (Padel, tenis, voley-playa, etc.). A tales efectos, se entiende por mérito deportivo el resultado deportivo obtenido por un/a deportista en la prueba en la que participa.
b) Deportistas federados, tanto en modalidades de deportes individuales como colectivos, que participen en los Juegos Olímpicos o Paralímpicos.
¿Quién puede solicitarlo?
Deportistas individuales que hayan obtenido un merito deportivo en Campeonato de España, Europa y/o del Mundo durante el año 2020, así como aquellos otros que han participado en los Juegos Olímpicos / Paralímpicos de Tokio 2020
¿Qué se necesita?
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Anexo I
- Certificado Agencia Tributaria Estatal. Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Estatal. A tales efectos, se procederá de oficio a la obtención de los citados certificados, previa autorización expresa del solicitante.
- Certificado Agencia Tributaria Canaria. Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Canaria. A tales efectos, se procederá de oficio a la obtención de los citados certificados, previa autorización expresa del solicitante.
- Certificado Cabildo Insular de Tenerife. Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Cabildo Insular de Tenerife. A tales efectos, se procederá de oficio a la obtención de los citados certificados, previa autorización expresa del solicitante.
- Certificado Seguridad Social. Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social. A tales efectos, se procederá de oficio a la obtención del citado certificado, salvo negativa expresa del solicitante.
- DNI solicitante. D.N.I. del solicitante. Exclusivamente en el caso de no autorizar al Cabildo de Tenerife para su obtención (Anexo I).
- DNI representante. En el caso de deportistas menores de edad, D.N.I. de la persona que ejerza de representante legal del mismo (madre, padre, tutor, etc).
- Certificado de empadronamiento. En su caso, Certificado de Empadronamiento acreditativo de las circunstancias previstas en la Base 3.a. A tales efectos, se procederá de oficio a la obtención del citado certificado, salvo negativa expresa del solicitante.
- Anexo III. Certificado emitido por el/la Secretario/a de la Federación correspondiente acreditativo de los méritos deportivos recogidos en la Base 4 (Anexo III).
- Documentación ADO / ADOP. En el caso de ser deportista becado/a por la Asociación de Deportes Olímpicos (ADO) o Paralímpicos (ADOP), deberá de acreditar tal condición mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos:
- Compromiso firmado entre el deportista y el Plan ADO o ADOP, según proceda.
- Resolución o certificación emitida por el Consejo Superior de Deportes, Comité Olímpico Español o Comité Paralímpico Español acreditativa de la condición de becado.
- Certificación emitida por la correspondiente Federación Española acreditativa de la condición de becado. - Resolución DAN. En caso de ser deportista incluido/a en el listado de deportistas de alto nivel del Consejo Superior de Deportes, deberá de acreditar tal condición mediante la presentación de la correspondiente Resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado.
- Documento de alta a terceros. En caso de no haber sido presentado con anterioridad o de haberse modificado los datos, documento de alta o modificaciones a terceros, a nombre del peticionario de la subvención, debidamente cumplimentado
¿Qué órgano lo resuelve?
Dirección Insular de Deportes
Normativa
- Normativa estatal
- Normativa local
¿Cuál es el servicio responsable?
Servicio Administrativo de Deportes
¿Es posible interponer recurso?
- Recurso de alzada
Documentación del Trámite
Tamaño 114 Kb
Tamaño 56 Kb
Tamaño 22 Kb
Tamaño 145 Kb