Subvenciones directas por razones humanitarias, destinadas a entidades de Tenerife asociadas al programa Tenerife Isla Solidaria, que distribuyen o reparten productos de primera necesidad (2021).
Temática
Asuntos Sociales
¿Cuál es el plazo para solicitarlo?
Martes, 19 Octubre 2021 - Martes, 09 Noviembre 2021
Tipo de servicio
Ayudas y subvenciones
Plazo de presentación
Cerrado
Tramitar por Internet
¿En qué consiste?
1. Dar cobertura a las necesidades básicas detectadas en la ciudadanía de Tenerife, especialmente de las personas y familias con escasos recursos económicos que tienen dificultades para cubrir por sí mismas las necesidades de alimentación, vestimenta, calzado, medicamentos y demás que se describen en las Bases Reguladoras.
2. Apoyar a la estructura organizativa de entidades sin ánimo de lucro que están desarrollando labores de distribución y reparto de alimentos, dirigida a reforzar la contratación de personal.
2. Apoyar a la estructura organizativa de entidades sin ánimo de lucro que están desarrollando labores de distribución y reparto de alimentos, dirigida a reforzar la contratación de personal.
¿Quién puede solicitarlo?
Tendrán la consideración de entidades beneficiarias de la subvención directa regulada en el presente documento las entidades de la isla de Tenerife que soliciten la subvención y estén asociadas al Programa Tenerife Isla Solidaria del Cabildo Insular de Tenerife.
Además de cumplir este requisito general, cada línea de subvención tiene sus propios requisitos específicos, que son:
• Línea 1:
o Que estén vinculadas o representen en la isla de Tenerife a las organizaciones designadas por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), según Resolución de 5 de abril de 2021, como Organizaciones Asociadas de Distribución (OAD) para el Programa Operativo sobre Ayuda Alimentaria del Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas (FEAD) en España 2021.
• Línea 2:
o Que realicen actividades de reparto de alimentos y otros productos de primera necesidad, según el informe de SINPROMI, SL emitido en relación a las entidades adscritas al Programa Tenerife Isla Solidaria.
No podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Además de cumplir este requisito general, cada línea de subvención tiene sus propios requisitos específicos, que son:
• Línea 1:
o Que estén vinculadas o representen en la isla de Tenerife a las organizaciones designadas por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), según Resolución de 5 de abril de 2021, como Organizaciones Asociadas de Distribución (OAD) para el Programa Operativo sobre Ayuda Alimentaria del Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas (FEAD) en España 2021.
• Línea 2:
o Que realicen actividades de reparto de alimentos y otros productos de primera necesidad, según el informe de SINPROMI, SL emitido en relación a las entidades adscritas al Programa Tenerife Isla Solidaria.
No podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Qué se necesita?
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- SUB1645
¿Qué órgano lo resuelve?
Consejería con Delegación Especial en Participación Ciudadana y Diversidad
Normativa
¿Cuál es el servicio responsable?
Servicio Administrativo de Acción Social y Participación
¿Es posible interponer recurso?
- Potestativo de reposición
- Recurso contencioso-administrativo
¿Cómo se tramita?
Tramitación telemática
Documentación del Trámite
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