Subvención para la creación y producción de proyectos audiovisuales 2020
En la modalidad B no se aplicará a los empresarios individuales el requisito de inscripción ni el de antigüedad.
Quedan expresamente excluidos de estas subvenciones los operadores de televisión u otros prestadores de servicios de comunicación audiovisual.
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Solicitud en modelo normalizado. El modelo de solicitud, además de en Sede Electrónica del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife http://sede.tenerife.es/, se encontrará a disposición de los interesados en el Centro de Servicios al Ciudadano de este Cabildo Insular y en las oficinas descentralizadas del mismo
- Proyecto audiovisual. resumen con un límite de 2 páginas DIN A 4, letra Arial 11, a doble espacio
- Presupuesto de ingresos y gastos del proyecto. desglosado en formato pdf y adicionalmente en archivo editable Excel o compatible
- Alta/modificación de datos de terceros en el Cabildo de Tenerife. SOLO si no lo ha presentado anteriormente. Se encuentra disponible en https://sede.tenerife.es/en/tramites-y-servicios/item/2790-alta-o-modificacion-de-los-datos-de-terceros
- firmada por el propietario intelectual de la obra autorizando del uso de la misma para el proyecto objeto de la subvención. SOLO si se da el caso
- ANEXO I. contiene la documentación específica según modalidad. Los ficheros deberán incorporar un índice de contenido. Los formatos aceptados serán PDF y JPG para fotografías, imágenes o dibujos.
- Documentación adicional necesaria para la correcta evaluación de la solicitud conforme a los criterios de valoración
- NIF. para personas jurídicas, solo si NO está en poder del Cabildo de Tenerife
- Personas jurídicas: escritura de constitución y estatutos registrados de la sociedad, y documentación que acredite la representación de quien firma la solicitud, solo si NO está en poder del Cabildo de Tenerife. deberá quedar acreditada la vinculación entre el objeto social de la entidad solicitante y el proyecto cultural objeto de la ayuda
- Certificado de estar de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, en el epígrafe/sub-epígrafe que corresponda, con anterioridad a 30 de junio de 2019 (NO se aplicará a empresarios individuales que soliciten la Modalidad B de ayuda)
- DNI. para personas físicas, solo si NO se ha autorizado en la solicitud la consulta y/o verificación de datos de identidad
- Personas físicas: fotocopia compulsada del certificado de residencia con especificación de la fecha de alta, en el caso de que el solicitante NO haya nacido en Tenerife
- Personas físicas: fotocopia compulsada del certificado de residencia fiscal del último año, o en su defecto, certificado de no haber tributado durante el citado periodo
- Certificado positivo de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias de acuerdo con el artículo 18 del RLGS, en caso de que NO se autorice la consulta de datos por el Cabildo
- Certificado positivo que acredite estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social, en caso de que NO se autorice la consulta de datos por el Cabildo
- Certificado positivo de estar al corriente en el pago de las obligaciones económicas con la Hacienda Pública Canaria, en caso de que NO se autorice la consulta de datos por el Cabildo
- Certificado de carácter positivo que acredite estar al corriente en el pago de las obligaciones económicas con el Cabildo Insular de Tenerife, en caso de que NO se autorice la consulta de datos por el Cabildo
- Autorización de intermediación de datos de terceros, solo en caso de solicitudes a presentar por sociedades civiles y comunidades de bienes (firmado por cada uno de sus miembros)
- Normativa estatal
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones publicada en el BOE 276, de 18/11/2003
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, publicado en el BOE 176, de 25 de julio de 2006, páginas 27744 a 27775
- Normativa local
- Potestativo de reposición
- Recurso contencioso-administrativo
- 1. Formulario versión papel
- 2. Cumpliméntala
- 3. Imprímela
- 4. Puedes entregarla: En cualquier Centro de Servicio a la Ciudadanía habilitados.