Subvención 2020 destinada al apoyo a actividades en materia de Empleo realizadas por Entidades sin fines lucrativos
La población a la que se dirijan estos proyectos deberá ser personas desempleadas, preferentemente consideradas de difícil inserción, según los siguientes criterios:
- Personas desempleadas de larga duración: Entendiendo por tales, a los efectos de estas Bases reguladoras, aquellas personas que estando desempleadas en el momento del inicio del Proyecto, hayan estado en dicha situación de forma continua en los doce meses anteriores o que en el último año anterior al del inicio del proyecto hayan trabajado un máximo de 90 días de forma discontinua.
- Mujeres víctimas de violencia de género.
- Personas con discapacidad física, psíquica y/o sensorial, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente.
- Inmigrantes procedentes de países no pertenecientes a la Unión Europea.
- Otros supuestos de personas en exclusión social o riesgo de padecerla, siempre que exista informe de los servicios sociales de una administración pública o certificación expedida por un Trabajador o Trabajadora Social colegiado/a, que acredite la situación de exclusión social o el riesgo de padecerla.
Independientemente del criterio anterior, las entidades solicitantes deberán encuadrar a las personas participantes en uno de los siguientes grupos:
A) Adultos con escaso nivel de estudios.
A los efectos de estas bases reguladoras se consideran personas con escaso nivel de estudios aquellas que cuenten con unos conocimientos equivalentes o inferiores a los del último curso de la ESO o certificados de profesionalidad de grado 1 y no dispongan de títulos oficiales que las habiliten para el ejercicio de una profesión.
B) Personas con titulación.
A los efectos de estas bases reguladoras, se consideran personas con titulación aquellas que presenten titulaciones oficiales, tales como: Estudios Universitarios, Bachiller, Formación Profesional o Certificados de Profesionalidad de grado 2 o 3.
En el caso de optar por un proyecto dirigido a este grupo (B), éste deberá ayudar a mejorar el modelo productivo de la Isla, lo que habrá de justificarse oportunamente en la Memoria del proyecto.
Deberán cumplir asimismo los siguientes requisitos:
- Desarrollar actividades en el ámbito territorial de la isla de Tenerife.
- Haberse constituido legalmente como mínimo, DOS (2) AÑOS antes de la publicación de la correspondiente convocatoria.
- Tener sede o delegación permanente con estructura para la dirección efectiva de sus proyectos en Tenerife, desde como mínimo, DOCE (12) MESES antes de la publicación de la presente convocatoria. Este requisito se justificará con el documento de propiedad, alquiler o cesión del inmueble en el que se ubique la sede.
- Que en su objeto social se determine como actividad la promoción sociolaboral y/o la atención a colectivos con dificultades de inserción o permanencia en el mercado laboral. Este objeto ha de ser justificado mediante los estatutos o documento similar.
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Modelo normalizado oficial de solicitud.
- Tarjeta acreditativa del número de Identificación Fiscal Definitivo de la Entidad con código seguro de verificación.
- Escrituras y/o del acuerdo de constitución, de los Estatutos y de sus modificaciones, en su caso.
- Documento acreditativo de tener sede o delegación con estructura para la dirección efectiva de sus proyectos en Tenerife desde, como mínimo, doce meses antes de la publicación de la presente convocatoria.
- Documento de identidad del representante (no será necesario aportarlo si ha autorizado en la solicitud de subvención a esta Corporación a su verificación por intermediación con otras Administraciones Públicas).
- Acreditación de la representación.Podrá realizarse por cualquiera de los siguientes medios: Poder notarial, documento del órgano directivo de la Entidad que le acredite como representante, declaración en comparecencia personal del interesado o por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna.
- Documento de alta o modificaciones de terceros (sólo en el caso de NO haberse tramitado con anterioridad o de modificación de los datos aportados).
- Memoria resumen del proyecto o programa a desarrollar, firmada por el/ la representante de la Entidad.
- Presupuesto de ingresos y gastos subvencionables y su financiación, desglosado por conceptos (Anexo II).
- Solicitud inicial de previsiones (Anexo III).
- Declaración responsable firmada por el/ la Secretario/a General o el/ la Presidente/a de la Entidad solicitante.En el que se haga constar las Ayudas solicitadas y/o concedidas para la misma finalidad procedente de otras Administraciones Públicas y de cualquier otra entidad o particulares
- Compromiso de aceptar a personas participantes en el proyecto para hacer prácticas.Emitido por empresas indicando, entre otros términos, el número de personas a admitir, las horas de prácticas individuales, las tareas a desempeñar y, en todo caso, que quien presta la colaboración no recibe remuneración de ningún tipo en ese periodo.
- Acreditación de hallarse la entidad al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Estatal (no será necesario aportarlo, si se ha manifestado la autorización expresa para recabarla de oficio, en la solicitud de subvención).
- Acreditación de hallarse la entidad al corriente de sus obligaciones tributarias con la Seguridad Social (no será necesario aportarlo, si se ha manifestado la autorización expresa para recabarla de oficio, en la solicitud de subvención).
- Acreditación de hallarse la entidad al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Canaria (no será necesario aportarlo, si se ha manifestado la autorización expresa para recabarla de oficio, en la solicitud de subvención).
- Acreditación de hallarse la entidad al corriente de sus obligaciones tributarias con el Cabildo Insular de Tenerife (no será necesario aportarlo, si se ha manifestado la autorización expresa para recabarla de oficio, en la solicitud de subvención).
- Normativa estatal
- Normativa local
- Potestativo de reposición
- Recurso contencioso-administrativo