Cesión-Transmisión de la Autorización de Transporte de Servicio Público de Mercancías para vehículos ligeros (MDL).
Temática
Transportes
¿Cuál es el plazo para solicitarlo?
Abierto todo el año
Tipo de servicio
Autorizaciones
Otros
Tamaño 193 KbPlazo de presentación
Abierto
¿En qué consiste?
Documento necesario para la Cesión-Transmisión de la/s autorización/es de transporte entre transportistas con autorización en vigor de la misma clase. También se puede realizar dicha cesión entre un transportista con autorizaciones en vigor y un nuevo transportista que se inicie en la actividad (en este caso se tiene que producir la cesión de la totalidad de la flota con autorizaciones de servicio público de mercancías en vigor con la que cuenta el transportista cedente.
Para este documento será indispensable un reconocimiento de firma que podrá ser realizado por un funcionario de Registro de este Cabildo Insular, por un trabajor con competencias de una entidad bancaria o por un notario (en todos estos casos tendrá que estar debidamente identificada la persona que hace el reconocimiento de la firma)
Este documento se podrá sustituir por una renuncia notarial de la autorizacion de transporte.
Se considera vehículo Ligero (MDL), aquel cuyo P.M.A. no exceda las seis (6) toneladas o que, aún sobrepasando dicho peso, tengan una capacidad de carga útil no superior a 3,5 toneladas.
Para este documento será indispensable un reconocimiento de firma que podrá ser realizado por un funcionario de Registro de este Cabildo Insular, por un trabajor con competencias de una entidad bancaria o por un notario (en todos estos casos tendrá que estar debidamente identificada la persona que hace el reconocimiento de la firma)
Este documento se podrá sustituir por una renuncia notarial de la autorizacion de transporte.
Se considera vehículo Ligero (MDL), aquel cuyo P.M.A. no exceda las seis (6) toneladas o que, aún sobrepasando dicho peso, tengan una capacidad de carga útil no superior a 3,5 toneladas.
¿Quién puede solicitarlo?
Aquellos transportistas que ya cuenten con autorización de servicio público de mercancías MDL, o en favor de aquellas empresas físicas o jurídicas, que se inicen en el sector y sean las primeras autorizaciones MDLP con las que vayan a contar por cesión de un transportista con autorizaciones en vigor.
Solo se podrán ceder aquellas autorizaciones que hayan sido otorgadas al titular cedente de la misma con una antigüedad superior a los tres años.
También se podrá realizar el cambio de titular de las autorizaciones a favor de un nuevo transportista (inicio en la actividad), en este caso el adquirente de las autorizaciones tendrá que quedarse con la totalidad de las autorizaciones de Servicio Público de Mercancías (MDP y MDL y AUXILIO-RESCATE) con las que cuente el cedente de las mismas.
Este trámite no lleva asociado abono de tasas a no ser que la autorización cedida se encuentre de baja por suspensión temporal o se encuentre en período de rehabilitación.
Tendrá que tenerse en cuenta que las autorizaciones se solicitarán en el Cabildo Insular de la isla donde el solicitante tenga su domicilio fiscal.
Solo se podrán ceder aquellas autorizaciones que hayan sido otorgadas al titular cedente de la misma con una antigüedad superior a los tres años.
También se podrá realizar el cambio de titular de las autorizaciones a favor de un nuevo transportista (inicio en la actividad), en este caso el adquirente de las autorizaciones tendrá que quedarse con la totalidad de las autorizaciones de Servicio Público de Mercancías (MDP y MDL y AUXILIO-RESCATE) con las que cuente el cedente de las mismas.
Este trámite no lleva asociado abono de tasas a no ser que la autorización cedida se encuentre de baja por suspensión temporal o se encuentre en período de rehabilitación.
Tendrá que tenerse en cuenta que las autorizaciones se solicitarán en el Cabildo Insular de la isla donde el solicitante tenga su domicilio fiscal.
¿Qué se necesita?
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Impreso normalizado de cesión de la autorización de transporte cedida, firmada por el titular actual de la autorización a favor del nuevo titular (lleva reconocimiento de firma).En caso de que el titular de la autorización sea persona jurídica, la cesión tendrá que estar firmada por el administrador o administradores mancomunados de la misma, o apoderado con las facultades necesarias para realizar dicha cesión.
Este documento se podrá sustituir por una renuncia realizada ante notario. - Impreso de baja de la autorización de transporte del cedente de la misma marcando la opción de cambio de titular. Este impreso se presentará a nombre del transportista cedente
- Documento Nacional de Identidad en vigor si el solicitante es persona física, o tarjeta de residencia en vigor cuando el solicitante fuera extranjero, o Código de Identificación Fiscal si es persona jurídica o similar
- Escrituras de constitución de la sociedad o poderes, en ambos casos debidamente registrados en el Registro Mercantil, en los que quede claro quienes son las personas con capacidad para realizar la cesión de las autorizaciones de transporte. (apoderado/s o administrador único, solidarios o mancomunados)
- Levantamiento de la Suspensión Temporal o Rehabilitación de la autorización cedida. Estas instancias se presentará solo y exclusivamente si la autorización cedida se encuentra de baja por suspensión temporal o baja por cualquier otro motivo y se encuentra en período de rehabilitación. Si tuviera que presentarse alguna de las dos, tendría que estar acompañada del abono de la tasa correspondiente (38,85€ en caso de levantamiento de la suspensión temporal y 49,40€ en caso de rehabilitación.
Tasas
Este trámite no tiene tasas asociadas.
¿Qué órgano lo resuelve?
Área de Movilidad
Normativa
- Normativa autonómica
- Decreto 72/2012, de 02 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carreteras de Canarias (BOC nº 157 de 10 de agosto)
- Ley 13/2007, de 16 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias (BOC nº 104 de 24 de mayo)
- Orden de 22 de mayo de 2015, por la que se regulan determinados aspectos referidos al transporte de Auxilio-rescate.
¿Cuál es el servicio responsable?
Servicio Administrativo de Movilidad
¿Es posible interponer recurso?
- Recurso de alzada
¿Cómo se tramita?
Tramitación presencial
- 1.
Otros
Tamaño 193 Kb - 2. Cumpliméntala
- 3. Imprímela
- 4. Puedes entregarla: En cualquier Centro de Servicio a la Ciudadanía habilitados.