Notificación a efectos de ejercicio del derecho de tanteo y retracto (adquisición preferente) de transmisión onerosa de inmuebles ubicados en espacios naturales protegidos
Temática
Medio Ambiente
¿Cuál es el plazo para solicitarlo?
Abierto todo el año
Tipo de servicio
Comunicaciones Previas
Plazo de presentación
Abierto
Tramitar por Internet
¿En qué consiste?
El cabildo insular ostenta los derechos de tanteo y retracto sobre cualquier acto o negocio jurídico de carácter oneroso, celebrados inter vivos, que recaiga sobre bienes inmuebles localizados en el interior del espacio natural protegido, excepto en las zonas de uso tradicional, general y especial, de los parques rurales.
A estos efectos, con carácter previo a la enajenación, la persona transmitente notificará de modo fehaciente a la administración competente el precio y condiciones esenciales de la transmisión. La Administración dispondrá de un plazo de tres meses desde la notificación para comunicar su decisión de ejercer o no el derecho de tanteo (artículo 184 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias)
A estos efectos, con carácter previo a la enajenación, la persona transmitente notificará de modo fehaciente a la administración competente el precio y condiciones esenciales de la transmisión. La Administración dispondrá de un plazo de tres meses desde la notificación para comunicar su decisión de ejercer o no el derecho de tanteo (artículo 184 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias)
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona física o jurídica que pretenda realizar, o haya realizado, una transmisión onerosa inter vivos de un inmueble ubicado en espacio natural protegido. Igualmente, el Registro de la Propiedad antes de inscribir un documento que se refiera a los referidos negocios jurìdicos.
¿Qué se necesita?
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Escritura de transmisión onerosa de bienes inmuebles
- Notificación a efectos de ejercicio del derecho de tanteo y retracto (adquisición preferente) de transmisión onerosa de inmuebles ubicados en espacios naturales protegidos
Tasas
Este trámite no tiene tasas asociadas.
¿Qué órgano lo resuelve?
Área del Medio Natural, Sostenibilidad, Seguridad y Emergencias
Normativa
¿Cuál es el servicio responsable?
Servicio Administrativo de Gestión del Medio Natural y Seguridad
¿Es posible interponer recurso?
- No cabe recurso
¿Cómo se tramita?
Tramitación telemática
Tramitación presencial
- 1. Formulario versión papel
- 2. Cumpliméntala
- 3. Imprímela
- 4. Puedes entregarla: En cualquier Centro de Servicio a la Ciudadanía habilitados.