Convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo FC1292 "Vicesecretario/a General - Órgano de Apoyo al Consejo de Gobierno Insular"
Temática
Empleo Público
¿Cuál es el plazo para solicitarlo?
Lunes, 17 Abril 2023 - Martes, 09 Mayo 2023
Tipo de servicio
Libre designación
Plazo de presentación
Cerrado
Tramitar por Internet
¿En qué consiste?
La convocatoria tiene por objeto la provisión, mediante el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo FC1292 "Vicesecretario/a General - Órgano de Apoyo al Consejo de Gobierno Insular" del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, reservado a funcionarios/as de carrera de la Administración Local con habilitación de carácter nacional.
¿Quién puede solicitarlo?
Los/as funcionarios/as de carrera de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la Subescala de Secretaría, Categoría Superior, y que no se encuentren comprendidos en cualquiera de los supuestos que señala el artículo 36, apartado 2. a), b) y c) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE nº 67, de 17 de marzo de 2018).
¿Qué se necesita?
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Solicitud en modelo normalizado
- DNI, NIE o Pasaporte del solicitante
- Titulación Académica
- Certificado referido a su condición de funcionario de carrera de administración local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Secretaría, Categoría Superior.
- En el que constarán, además de los datos personales, el cuerpo, escala o subescala a la que pertenece, los títulos académicos, los años de servicios, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública, estudios, cursos, otros méritos...
- Acreditación de los méritos alegados que han de ser los que correspondan a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
- Declaración responsable firmada de no estar incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en la base segunda de las que rigen la convocatoria que impidan su participación en la convocatoria.
- Certificado expedido por el órgano de las Administraciones Públicas competente a efectos de comprobación de la concurrencia o no de las causas de exclusión de los apartados a), b), c) del artículo 36 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
Tasas
Este trámite no tiene tasas asociadas.
¿Qué órgano lo resuelve?
Área de Presidencia, Hacienda y Modernización
Normativa
- Normativa estatal
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de régimen local.
- Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional
- Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puesto de trabajo y Promoción profesional de la funcionarios civiles de la Administración General del Estado
- Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
¿Cuál es el servicio responsable?
Servicio Administrativo de Selección y Provisión de Puestos de Trabajo
¿Es posible interponer recurso?
- Recurso de alzada
¿Cómo se tramita?
Tramitación telemática
Tramitación presencial
- 1. Formulario versión papel
- 2. Cumpliméntala
- 3. Imprímela
- 4. Puedes entregarla: En cualquier Centro de Servicio a la Ciudadanía habilitados.