Alta nueva de vehículo (aumento de flota) actividad de arrendamiento de vehículos con conductor o conductora (VTC) de ámbito autonómico
Temática
Transportes
¿Cuál es el plazo para solicitarlo?
Abierto todo el año
Tipo de servicio
Autorizaciones
Plazo de presentación
Abierto
¿En qué consiste?
Otorgar una nueva autorización VTC y aumentar la flota de una empresa que ya tiene autorización para ejercer la actividad de arrendamiento de vehículos con conductor o conductora (VTC) con un ámbito autonómico. Debe solicitarse ante el Cabildo Insular donde esté residenciada la empresa. Plazas del vehículo: hasta 9 plazas. Antigüedad del vehículo: menos de 1 año desde su primera matriculación. Seguro de responsabilidad civil por daños a viajeros o viajeras como consecuencia del transporte. Ficha técnica en vigor. Permiso de circulación a nombre de la persona titular de la autorización y destinado a alquiler con conductor o conductora.
¿Quién puede solicitarlo?
Toda persona física o jurídica que sea titular de una autorización para ejercer la actividad del arrendamiento de vehículos con conductor o conductora (VTC) en todo el territorio autonómico.
¿Qué se necesita?
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Solicitud en modelo normalizado
- DNI. Si es persona física
- C.I.F.si es persona jurídica.
- Se comprobarán datos de la empresa. Se comprobará de oficio la carencia de deudas por parte de la persona solicitante en la Agencia Tributaria Estatal (I.A.E.), y Tesorería General de la Seguridad Social (T.G.S.S.), así como la no existencia de Sanciones en materia de transportes. Además se comprobará el/los epígrafes en los que se encuentra de alta la empresa en el Impuesto Actividades Económicas (I.A.E..
- Permiso de circulación del vehículo. Debe ser titularidad de quien solicita y estar destinado a alquiler con conductor o conductora. Máximo de plazas: 9. Antigüedad: menos de 1 año desde su primera matriculación.
- Ficha técnica del vehículo con la I.T.V. en vigor.Deben tener una clasificación de turismo.
- Póliza del seguro del vehículo.Debe aportar la póliza completa así como el último recibo abonado del mismo.
- Seguros TC-1 y TC-2. abonado del mes anterior a la solicitud. Deberá disponer, en todo momento, de un mínimo de un conductor o conductora por cada vehículo autorizado.
- Factura de compra del vehículo. Debe ser factura original firmada y sellada por la entidad vendedora. Importe de compra tras los impuestos: 50.000 € para un vehículo de 5 plazas y 6.000 € más por cada plaza adicional
- de instalación sistema de localización del vehículo. debe estar emitida por un taller homologado, indicando la instalación en el vehículo de un sistema de localización tipo GPS o similar
- de la persona asignada para conducir el vehículo. Debe aportar: DNI, carnet de conducir en vigor y acreditación de los conocimientos de, al menos, un idioma extranjero (declaración responsable o título emitido por un centro homologado).
- Libro de reclamaciones. del vehículo que pretende autorizar
Tasas
38.85 € por cada vehículo que pretenda dar de alta.
¿Qué órgano lo resuelve?
Dirección Insular de Movilidad
Normativa
- Normativa autonómica
- Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias.
- Decreto 72/2012, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias.
- Decreto 67/2016, de 31 de mayo, por el que se modifica el Reglamento de Desarrollo de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, aprobado mediante Decreto 72/2012, de 2 de agosto, en determinados aspectos relativos al arrendamiento de vehículos con y sin conductor y que circulen en caravana.
- Ley 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias, administrativas y sociales de Canarias.
¿Cuál es el servicio responsable?
Servicio Administrativo de Movilidad
¿Es posible interponer recurso?
- Recurso de alzada
Documentación del Trámite
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