Visado de las autorizaciones para ejercer el transporte privado complementario de viajeros (VPC) TURISMO Y OCIO
Temática
Transportes
¿Cuál es el plazo para solicitarlo?
Abierto todo el año
Tipo de servicio
Autorizaciones
Solicitud
Size 179 KBsPlazo de presentación
Abierto
¿En qué consiste?
En comprobar que se mantienen las condiciones y requisitos que originariamente justificaron el otorgamiento de este tipo de autorización y de aquellos otros que, aun no siendo exigidos originariamente, resultan de obligado cumplimiento , mediante la realización del correspondiente visado.
La solicitud de visado se realizará durante los años impares con arreglo al siguiente calendario:
La solicitud de visado se realizará durante los años impares con arreglo al siguiente calendario:
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 1 le corresponderá el mes de Enero.
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 2 le corresponderá el mes de Febrero.
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 3 le corresponderá el mes de Marzo.
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 4 le corresponderá el mes de Abril.
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 5 le corresponderá el mes de Mayo.
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 6 le corresponderá el mes de Junio.
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 7 le corresponderá el mes de Julio.
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 8 le corresponderá el mes de Septiembre.
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 9 le corresponderá el mes de Octubre.
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 0 le corresponderá el mes de Noviembre.
¿Quién puede solicitarlo?
Los titulares de autorizaciones de transporte privado complementario (VPC) para TURISMO Y OCIO en vigor
¿Qué se necesita?
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Solicitud en modelo normalizado
- Permiso de circulación de todos los vehículos autorizados
- Ficha Técnica de todos los vehículos en vigor, con la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) vigente
- TC-1 y TC-2 del último mes anterior a la solicitud. Si no tuviera empleados deberá aportar el último recibo abonado del autónomo
- Devolución original de las Autorizaciones de transporte. Así como de todas las copias certificadas
- No existencia de deudas. Se comprobará de oficio la carencia de deudas por parte del solicitante en la Agencia Tributaria Canaria (I.G.I.C.), Agencia Tributaria Estatal (I.A.E.), y Tesorería General de la Seguridad Social (T.G.S.S.), así como la no existencia de Sanciones en materia de transportes. Además se comprobará el/los epígrafes en los que se encuentra de alta la empresa en el Impuesto Actividades Económicas (I.A.E.).)
Tasas
30,40 € por autorización de empresa
30.40 € por vehículo que se desea visar.
30.40 € por vehículo que se desea visar.
¿Qué órgano lo resuelve?
Área de Movilidad
Normativa
¿Cuál es el servicio responsable?
Servicio Administrativo de Movilidad
¿Es posible interponer recurso?
- Recurso de alzada
¿Cómo se tramita?
Tramitación presencial
- 1.
Solicitud
Size 179 KBs - 2. Cumpliméntala
- 3. Imprímela
- 4. Puedes entregarla: En cualquier Centro de Servicio a la Ciudadanía habilitados.