Convocatoria pública para la configuración de una lista de reserva de Ingeniero/a Técnico/a Forestal
Temática
Empleo Público
¿Cuál es el plazo para solicitarlo?
Jueves, 07 Septiembre 2017 - Jueves, 28 Septiembre 2017
Tipo de servicio
Provision de Puestos de Trabajo
Solicitud
Size 212 KBsPlazo de presentación
Cerrado
¿En qué consiste?
En convocar la selección de personal, mediante el sistema de concurso-oposición, para la configuración de una lista de reserva de ingeniero/a técnico/a forestal para atender de forma temporal funciones propias de la referida plaza, en los supuestos expresamente justificados de necesidad y urgencia, hasta que finalice la causa que dio lugar a su nombramiento o contratación.
¿Quién puede solicitarlo?
Grupo A, Subgrupo A2
¿Qué se necesita?
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Solicitud en modelo normalizado
- DNI, NIE o pasaporte del solicitante
- Título académico exigido. En el supuesto de presentar título equivalente al exigido, el/la aspirante deberá alegar la norma que establezca la equivalencia,
o en su defecto, acompañar certificado expedido por el órgano competente que acredite la citada equivalencia. Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar estar en posesión de la correspondiente - Documentación acreditativa del pago de los derechos de examen. o en su caso, de estar exento/a del mismo conforme a lo dispuesto en el apartado 4 de esta Base.
- Documentación a presentar en caso de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial. 1.- La certificación de reconocimiento de grado de discapacidad.
2.- La Resolución o Certificado expedido al efecto por los equipos
multidisciplinares a que se refiere el apartado 6 del artículo 6 de la Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, o el órgano competente en la materia de las distintas Administraciones Públicas. También se podrá acreditar en la forma que establece el artículo 2 del Real Decreto 1414/2006,de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, donde se especificará respecto del/la aspirante lo siguiente, sin que se pueda hacer referencia a la presentada en otra convocatoria:
a) Que tienen capacidad funcional para el ejercicio de las funciones y las tareas correspondientes a la plaza a la que aspira.
b) Qué adaptaciones de tiempo y medios necesita para la realización de los ejercicios y para el posterior desempeño del puesto de trabajo.
3.- Asimismo, se deberá presentar, en sobre cerrado, certificado en el que conste el tipo de discapacidad que padece al objeto de adoptar las medidas necesarias para el adecuado desarrollo de los ejercicios que integran la fase de oposición. - Permiso de Conducción B
- Declaración responsable. en la que se haga constar que no padece impedimento físico para la realización de todas y cada una de las pruebas físicas previstas en la fase de oposición, sin que se pueda hacer referencia a la presentada en otra convocatoria.
- Autorización de sus padres o tutores, o la autorización de la persona o institución que les tenga a su cargo. En el caso de menor de edad que viva de forma dependiente
Tasas
Derechos de examen. 20 euros.
¿Qué órgano lo resuelve?
Área de Presidencia, Hacienda y Modernización
Normativa
- Normativa estatal
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
- Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
- Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establece las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a que debe Ajustarse el Procedimiento de Selección de los Funcionarios de la Administración Local
- Real Decreto legislativo 5/2015, 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del estatuto básico del empleado público
- Normativa autonómica
¿Cuál es el servicio responsable?
Servicio Administrativo de Selección y Provisión de Puestos de Trabajo
¿Es posible interponer recurso?
- Recurso de alzada
¿Cómo se tramita?
Tramitación presencial
- 1.
Solicitud
Size 212 KBs - 2. Cumpliméntala
- 3. Imprímela
- 4. Puedes entregarla: En cualquier Centro de Servicio a la Ciudadanía habilitados.
Documentación del Trámite
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