Subvención destinada a financiar gastos inventariables de las entidades de voluntariado de la Isla de Tenerife que persigan fines sociales o sociosanitarios, 2018
- Tener su domicilio en el territorio insular.
- Estar inscrita en el Registro de Fundaciones, Asociaciones de Canarias o en otro competente.
- Disponer de sede física para el desarrollo de sus actividades.
- Contar con un mínimo de un año desde su constitución.
- Que persiga fines sociales o sociosanitarios, descritos en el apartado 1 de las Bases.
- Que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, indicados en la Base 1 de las presentes y cuente con un mínimo de 5 personas voluntarias para el desarrollo de sus programas y proyectos.
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Solicitud en modelo normalizado
- Número de identificación fiscal
- Estatutos y sus modificaciones, diligenciados por el Registro de Entidades competente donde los mismos hayan sido depositados, en los que se haga constar los fines sociales o sociosantiarios que persigue.
- Certificado de inscripción en Registro de Asociaciones de Canarias.
- Certificado del Secretario de la asociación. Certificado del Secretario de la Asociación expresando lo siguiente:
- Tener su domicilio en el territorio insular.
- Disponer de sede física para el desarrollo de sus actividades.
- Contar con un mínimo de un año desde su constitución.
- Que persigue fines sociales o sociosanitarios, en los términos recogidos en la Base 1. Que cumple con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, indicados en la Base 1 de las presentes y cuente con un mínimo de 5 personas voluntarias para el desarrollo de sus programas y proyectos.
Compromiso de no transmitir la propiedad de los bienes que sean objeto de subvención, así como de destinar el bien al fin concreto para el que se concedió la subvención, durante un plazo de 2 años, contados a partir de la fecha de adquisición.
- Potestativo de reposición
- Recurso contencioso-administrativo
- 1. Formulario versión papel
- 2. Cumpliméntala
- 3. Imprímela
- 4. Puedes entregarla: En cualquier Oficina de Registro y Servicio al Ciudadano del Cabildo Insular de Tenerife.