2ª Convocatoria de subvenciones directas a Autónomos y MicroPYMES a fin de paliar los efectos de la crisis COVID-19 en el tejido productivo de la isla de Tenerife
Colectivo 1: Las personas físicas denominadas TRABAJADORAS AUTÓNOMAS, con residencia en la isla de Tenerife, y que vengan cotizando de manera ininterrumpida en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) desde fecha anterior al 14 de marzo de 2020, que cuenten con un máximo de CINCO (5) asalariados a su cargo en términos de plantilla media.
Colectivo 2: Las personas físicas, con residencia en la isla de Tenerife, que vengan cotizando de manera ininterrumpida en el RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS, desde fecha anterior al 14 de marzo de 2020 y participen en el capital de entidades en régimen de atribución de rentas, siempre que estas cuenten con un máximo de CINCO (5) asalariados en términos de plantilla media y en cuyo capital social solo participen personas físicas.
Colectivo 3: Las Sociedades Civiles con objeto mercantil y Sociedades de Responsabilidad Limitada (SLNE, SL Unipersonal o SL), siempre que cuenten con un máximo de CINCO (5) asalariados en términos de plantilla media y en cuyo capital social solo participen personas físicas. Estas entidades, han de haber iniciado actividades con antelación al 1 de enero de 2019.
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Modelo normalizado de solicitud
- Acreditación de la titularidad de la cuenta bancaria señalada en su solicitud
- Modelo 036 - AEAT de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. o Certificado de situación censal o equivalente
- Informe de situación de código cuenta de cotización emitido por la Seguridad Social o en caso de no haber tenido empleados a su cargo certificado de inexistencia de inscripción como empresario en el sistema de la seguridad social (solo colectivo 1)
- Informe de Vida Laboral de un Código Cuenta de Cotización. en el período comprendido del 14 de marzo de 2019 hasta el 14 de marzo de 2020 para cada uno de los CCC contenidos en el informe de situación del empresario individual
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2019 (solo colectivo 1)
- Modelo 130 - AEAT - IRPF - Actividades económicas en Estimación Directa. Pago fraccionado. Autoliquidación del trimestre que corresponda (colectivos 1 y 2)
- Modelo 131. IRPF. Empresarios y profesionales en Estimación Objetiva. Pago fraccionado del trimestre que corresponda (colectivos 1 y 2)
- DNI / NIE (solo si no autoriza a intermediar).
- Certificado de Empadronamiento (solo si no autoriza a intermediar) (colectivos 1 y 2)
- Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) acreditativo de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias (solo si no autoriza a intermediar).
- Certificado de la Agencia Tributaria Canaria acreditativo de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias (solo si no autoriza a intermediar).
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativo de estar al corriente en sus obligaciones (solo si no autoriza a intermediar).
- Certificado de hallarse al corriente con el Cabildo Insular de Tenerife
- Certificado del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) (solo si no autoriza a intermediar).
- Informe de Vida Laboral de el/la solicitante (solo si no autoriza a intermediar) (colectivos 1 y 2)
- Contrato de constitución de la entidad en que participa la persona solicitante (solo colectivo 2)
- Inscripción de empresario en el sistema de la Seguridad Social (colectivos 2 y 3)
- Modelo 184 - AEAT - Declaración informativa anual - Entidades en régimen de atribución de rentas (colectivo 2). del año que corresponda
- NIF de la persona jurídica (solo colectivo 3)
- Escrituras y/o Acuerdo de constitución de la entidad además de los Estatutos y sus modificaciones, en su caso (solo colectivo 3)
- Acreditación de la representación de quien actúa como tal
- Modelo 200 - AEAT - Declaración del Impuesto sobre Sociedades (colectivo 3)
- Modelo 420 - ATC - Régimen general. Autoliquidación trimestral del IGIC (colectivo 3) (del trimestre que corresponda)
- Normativa estatal
- Normativa local
- Recurso de alzada

