Subvención destinada a la puesta en marcha de iniciativas empresariales, 2019
Temática
Emprendeduría
¿Cuál es el plazo para solicitarlo?
Sábado, 15 Diciembre 2018 - Lunes, 14 Enero 2019
Tipo de servicio
Ayudas y subvenciones
Plazo de presentación
Cerrado
Tramitar por Internet
¿En qué consiste?
Conceder, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a sufragar los gastos en que incurran por su inicio de actividad, las pequeñas empresas (PYME) que generen empleo en la Isla de Tenerife, prioritariamente aquellas que tengan carácter industrial.
Se consideran pequeñas empresas (PYME) aquellas que cuenten con menos de diez asalariados y un volumen de negocios anual (el ingreso obtenido en un año) o balance general (estado del activo y del pasivo de una empresa) inferior a 2 millones de euros.
Se entenderá por Empresa Industrial aquellas que realicen exclusivamente actividades dirigidas a la obtención, transformación o reutilización de productos industriales, el envasado y embalaje, así como el aprovechamiento, recuperación y eliminación de residuos o subproductos, cualquiera que sea la naturaleza de los recursos y procesos técnicos utilizados, reflejadas en las divisiones 2.3 y 4 del Listado de Tarifas del IAE.
Asimismo, se considerará generadora de empleo aquella pequeña empresa que genere puestos de trabajo estables.
Se consideran pequeñas empresas (PYME) aquellas que cuenten con menos de diez asalariados y un volumen de negocios anual (el ingreso obtenido en un año) o balance general (estado del activo y del pasivo de una empresa) inferior a 2 millones de euros.
Se entenderá por Empresa Industrial aquellas que realicen exclusivamente actividades dirigidas a la obtención, transformación o reutilización de productos industriales, el envasado y embalaje, así como el aprovechamiento, recuperación y eliminación de residuos o subproductos, cualquiera que sea la naturaleza de los recursos y procesos técnicos utilizados, reflejadas en las divisiones 2.3 y 4 del Listado de Tarifas del IAE.
Asimismo, se considerará generadora de empleo aquella pequeña empresa que genere puestos de trabajo estables.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas, jurídicas, sociedades civiles, comunidades de bienes y agrupaciones de personas que hubieran puesto en marcha o pretendan poner en marcha una iniciativa empresarial entre el 1 de junio de 2018 y el 30 de septiembre de 2019, que cumplan los requisitos establecidos en la Base 4ª de las reguladoras.
¿Qué se necesita?
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Modelo normalizado de solicitud debidamente cumplimentado
- Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad a desarrollar o conducta a adoptar. En caso de empresario individual o piensan crear una sociedad mercantil unipersonal. Según Anexo 3
- Declaración Censal de Comienzo (modelo 037) o equivalente (Circe). Si ya ha iniciado la actividad al presentar la solicitud
- Alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA), en el caso de empresario individual. Si ya ha iniciado la actividad empresarial al presentar la solicitud
- Alta o modificación de los datos de terceros
- según Anexo 4. la persona interesada podrá aportar información complementaria a este Anexo bajo cualquier otro formato (Plan de empresa, plan de negocio, etc.) siempre en el Anexo de presentación obligatoria señale que epígrafes del documento complementario amplían la información mostrada en el referido Anexo. Todas las páginas del Anexo 4 han de estar firmadas por la persona solicitante
- Títulos o Diplomas en "Creación de Empresas" en los que se especifique duración y contenido
- Acreditación los criterios de puntuación número 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 9, establecidos en la Base undécima. Deberán aportarse voluntariamente, los siguientes documentos:
-Criterio 2, 3 y 4. compromiso de creación de empleo, según página 15 del Anexo 4 (en caso de que se conceda la subvención habrá que presentar la documentación acreditativa correspondiente).
-Criterio 5. Promotores con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%: certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición.
-Criterio 6. Proyectos con promotores/as con experiencia laboral de al menos seis meses en la misma actividad: copia de certificados de empresas, contratos de trabajo, altas en el I.A.E. o cualquier otra documentación que acredite suficientemente dicha experiencia. Se contrastarán los datos con la Vida Laboral de la persona promotora. Si la persona interesada hubiera autorizado a su obtención, el documento se referirá al período de 12 meses de antelación a la fecha en que se solicite desde esta Corporación. Si la persona solicitante desea que se valore experiencia laboral de antigüedad superior, habrá de aportar la Vida Laboral referida a un período de tiempo suficiente que permita verificar dicha experiencia.
-Criterio 7. Proyectos con promotores/as con experiencia en gestión empresarial de al menos seis meses: Se considerará que existe esta experiencia en gestión empresarial si en la Vida Laboral de la persona promotora se constata que ha estado dado de alta en el RETA (Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos) por un período mínimo de 6 meses. Si la persona interesada hubiera autorizado a su obtención, el documento se referirá al período de 12 meses de antelación a la fecha en que se solicite desde esta Corporación. Si la persona solicitante desea que se valore experiencia laboral de antigüedad superior, habrá de aportar la Vida Laboral referida a un período de tiempo suficiente que permita verificar dicha experiencia.
-Criterio 9. Proyectos con promotores/as con titulación específica sobre la actividad a desarrollar: escrito manifestando la titulación de formación reglada de que se dispone y la persona que la ostenta - Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Estatal
- Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Canaria
- Acreditación del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Número de identificación Fiscal. En el caso de Sociedades mercantiles y mercantiles especiales
- Acreditación de la representación. En el caso de Sociedades mercantiles y mercantiles especiales. Por cualquiera de los siguientes medios: poder notarial, documento del órgano directivo de la Entidad que le acredite como representante, declaración en comparecencia personal del interesado o por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna
- Escritura y/o acuerdo de constitución. En el caso de Sociedades mercantiles y mercantiles especiales
- Estatutos y sus modificaciones. En el caso de Sociedades mercantiles y mercantiles especiales
- Anexo 2. personas promotoras de la iniciativa que además señalan a una de ellas como representante y que autorizan en su caso para intermediar diferentes certificados
¿Qué órgano lo resuelve?
Consejo de Gobierno
Normativa
- Normativa estatal
- Normativa local
¿Cuál es el servicio responsable?
Servicio Administrativo de Empleo, Desarrollo Socioeconómico y Comercio
¿Es posible interponer recurso?
- Potestativo de reposición
- Recurso contencioso-administrativo
¿Cómo se tramita?
Tramitación telemática
Tramitación presencial
- 1. Formulario versión papel
- 2. Cumpliméntala
- 3. Imprímela
- 4. Puedes entregarla: En cualquier Oficina de Registro y Servicio al Ciudadano del Cabildo Insular de Tenerife.
Documentación del Trámite
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