Visado de las autorizaciones para ejercer el arrendamiento de vehículo con conductor "todo terreno" para circular formando caravanas (AJS)
Temática
Transportes
¿Cuál es el plazo para solicitarlo?
Abierto todo el año
Tipo de servicio
Autorizaciones
Solicitud
Size 240 KBsPlazo de presentación
Abierto
¿En qué consiste?
En comprobar que se mantienen las condiciones que originariamente justificaron el otorgamiento de este tipo de autorización, mediante la realización del correspondiente visado. La falta de realización del visado o de la aportación de la documentación preceptiva en el plazo establecido implicará la caducidad de la autorización sin necesidad de revocación expresa por parte de la Administración, sin perjuicio de las sanciones que procedan. La solicitud de visado se realizará con arreglo al siguiente calendario:
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 1 le corresponderá el mes de Enero.
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 2 le corresponderá el mes de Febrero.
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 3 le corresponderá el mes de Marzo.
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 4 le corresponderá el mes de Abril.
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 5 le corresponderá el mes de Mayo.
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 6 le corresponderá el mes de Junio.
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 7 le corresponderá el mes de Julio.
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 8 le corresponderá el mes de Septiembre.
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 9 le corresponderá el mes de Octubre.
- Cuando el número de identificación fiscal termine en 0 le corresponderá el mes de Noviembre.
¿Quién puede solicitarlo?
Todas las empresas o personas físicas que sean titulares de autorización para ejercer la actividad de arrendamiento de vehículo, con conductor, "todo terreno" para circular formando caravanas
¿Qué se necesita?
Ten en cuenta que alguno de los documentos pueden ser consultados por el Cabildo de Tenerife, por ello, si en la solicitud nos autorizas a consultar alguno de los datos de este trámite no tendrás que presentar la documentación acreditativa de los mismos.
- Solicitud en modelo normalizado
- Permisos de circulación de cada uno de los vehículos autorizados (destinados al alquiler con conductor).
- Ficha Técnica de todos los vehículos en vigor (turismo todo terreno 4x4, con capacidad no superior a 9 plazas), con la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) vigente
- Póliza del seguro obligatorio de viajeros y del seguro de responsabilidad civil ilimitada
- Recibo vigente correspondiente al seguro obligatorio de viajeros y el seguro de responsabilidad civil ilimitada
- Certificado acreditativo de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (arrendamiento de vehículo con conductor)
- Certificado positivo de Tesorería de la Seguridad Social que acredite el cumplimiento de las obligaciones
- Certificado positivo de Hacienda que acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias
- Certificado positivo de la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias que acredite estar al corriente de las obligaciones (IGIC)
- Original de las autorizaciones de transportes que tengan autorizadas
Tasas
30,40 € por vehículo.
¿Qué órgano lo resuelve?
Área de Movilidad
Normativa
- Normativa estatal
- Decreto 125/1995, de 11 de mayo, regulador de la actividad y régimen de autorizaciones de arrendamiento con conductor, de vehículos todo terreno, que circulen formando caravanas.
- Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre que aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres
- Resolución de 19 de septiembre de 1995 de la Dirección General de Transporte Terrestre, sobre realización del visado de las autorizaciones de transporte y de actividades auxiliares y complementarias del transporte
- Ley 29/2003, de 8 de octubre, sobre mejora de las condiciones de competencia y seguridad en el mercado de transporte por carretera, por la que se modifica, parcialmente, la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres
- Normativa autonómica
¿Cuál es el servicio responsable?
Servicio Administrativo de Movilidad
¿Es posible interponer recurso?
- Recurso de alzada
¿Cómo se tramita?
Tramitación presencial
- 1.
Solicitud
Size 240 KBs - 2. Cumpliméntala
- 3. Imprímela
- 4. Puedes entregarla: En cualquier Centro de Servicio a la Ciudadanía habilitados.